Persona de contacto segĂșn art. 23 de la ley LSD-BG

Cuando se desplacen trabajadores móviles (conductores) en el sector de transportes (transporte de mercancías y de personas), el correspondiente conductor (desplazado) del vehículo es la persona de contacto a no ser que se haya notificado como persona de contacto a un representante profesional con domicilio social en Austria y con autorización para representar a la parte.

Cuando se utilice un medio de transporte diferente a un automóvil (por ejemplo: un barco), en conformidad con el art. 19, apartado 3, cifra 3, de la ley LSD-BG, hay que nombrar a la persona de contacto del círculo de trabajadores desplazados o, también en conformidad con el art. 21, apartado 2, cifra 4, de la ley LSD-BG, a un representante profesional con domicilio social en Austria y con autorización para representar a la parte.

 

Indicación:

Hay que dejar los campos en blanco si el correspondiente conductor es la persona de contacto.

Una persona autorizada para representar a la parte es: asesor fiscal, abogado, agente fiduciario, notario.