Cualquier modificación que afecte a una comunicación ya presentada deberá ser notificada sin demora el mismo día en que se produzca; solo en circunstancias excepcionales justificadas podrá notificarse el siguiente día laborable. Las notificaciones de modificación “Notificación posterior” y “Prórroga” deberán presentarse en tiempo y forma ANTES del respectivo inicio de los trabajos.
No es posible hacer ninguna combinación de las posibilidades seleccionables.
Cuando haya varios cambios, éstos tienen que notificarse uno detrás de otro.
Elija el correspondiente tipo procedente de la siguiente selección.
Ejemplo: si tiene que sustituir a trabajadores entonces hay que hacer primero una notificación de anulación del trabajador según el tipo e) y luego hacer una notificación posterior de trabajadores según el tipo a).
Indicación: sólo es necesario hacer una nueva notificación si han cambiado las condiciones del desplazamiento respecto a la primera notificación. Para ello es suficiente que haya un cambio en un punto (por ejemplo: mandante, lugar, objetivos de las prestaciones laborales, período).
¡Importante! ¡Cada notificación de cambio tiene que estar obligatoriamente disponible junto con la primera notificación en el lugar/con la persona que se haya indicado en el punto 7 de la primera notificación!
No es posible hacer notificaciones posteriores ni prórrogas de una primera notificación de desplazamiento hecha con ANTERIORIDAD al 1.1.2017 debido a la entrada en vigor de la ley austriaca de lucha contra el dumping salarial y social el día 1.1.2017 y en conformidad con el § 19, apartado 3, cifra 9, de dicha ley (LSD-BG) sobre la obligación de tener a disposición los documentos de notificación y salariales.
Hay que hacer una nueva notificación en lugar de una notificación posterior o prórroga.